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BASES Y CONDICIONES – «Sorteo “Oster y Las Tres Niñas”

 

BASES Y CONDICIONES

 

Sorteo “Oster y Las Tres Niñas”

 

  1. Organizador.

L3N S.A. (en adelante el “Organizador”) con domicilio en Av. Leandro N. Alem 882, Piso 13, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organiza el Sorteo denominado “Oster y Las Tres Niñas” (el “Sorteo”), que tendrá vigencia en la República Argentina, con excepción de las Provincias de Jujuy, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, (el “Territorio”)   la cual quedará sujeta a las siguientes bases y condiciones que podrán ser consultadas como se relaciona en el numeral 4, a partir de su fecha de publicación a iniciarse el día 15 de abril de 2024 (las “Bases”).

 

  1. Aceptación de Bases y Condiciones.

Las personas humanas intervinientes en este Sorteo, por su sola participación, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases.

 2. Participantes

Podrán participar en el Sorteo cualquier persona humana que al momento de la entrada en vigencia del Sorteo sea mayor de 18 años, tenga domicilio en el Territorio, posea una cuenta activa en Instagram siempre que no se encuentre comprendida en las causales de exclusión referidas a continuación (los “Participantes”). Aquellos que cumplan los requisitos exigidos en el numeral 8 (el “Potencial Ganador” o el “Potencial Ganador Suplente”).

 

3. Exclusión.

No podrán participar: (i) las personas jurídicas, (ii)  los menores a 18 años, (iii) los domiciliados fuera de la República Argentina, o siéndolo no tengan su domicilio  real en el Territorio, (iv) los propietarios, socios, accionistas, gerentes, directores, integrantes de los órganos de administración del Organizador, (v) el personal del Organizador de sus agencias de publicidad o marketing o de cualquier otro proveedor vinculado directa o indirectamente a este Sorteo, (vi) cónyuges o parientes por consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, (vii) los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo del Sorteo, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado; (viii) los Participantes que lo hagan en más de una cuenta, y (ix) cualquier Participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas Bases en cualquier aspecto.

 

4. Difusión.

La difusión de las Bases y resultado del Sorteo se realizará a través del sitio web https://lastresninas.com/ debiendo consignarse en la publicidad del Sorteo. Sin perjuicio de lo aquí expresado, el resultado del Sorteo se difundirá no más allá de los 10 (diez) hábiles de finalizada la difusión del Sorteo y el nombre/s y apellido/s del Participante Ganador.

 5. Vigencia.

El Sorteo tendrá vigencia en el Territorio, desde el 15 de abril de 2024 a las 12:00 horas  y hasta el 25 de abril de 2024 a las 11:50 horas (en adelante el “Plazo de Vigencia”), siendo exclusiva facultad del Organizador modificar, suspender o cancelar el Sorteo o el Plazo de Vigencia, por cuestiones de fuerza mayor, sin que tales modificaciones hagan surgir responsabilidad alguna del Organizador, modificaciones que serán comunicadas a los Participantes en su caso por el mismo medio por el cual se informa el Sorteo. El Plazo de Vigencia es improrrogable, no aceptándose en consecuencia participaciones posteriores a la finalización del mismo.

 

6.  Premio

El premio consiste en:  una Stick mixer Oster® con accesorios FPSTHB2801 (el “Premio”)

 7. Fecha de Sorteo.

El Sorteo se realizará el día 25 de abril de 2024 a las 12:00 horas (doce horas) en https://www.instagram.com/lastresninasok/  mediante un sistema informático de selección aleatoria, será seleccionado el Potencial Ganador entre todos los Participantes de la Red Social, que haya cumplido con los términos de las Bases.

 8. Mecánica del Sorteo.

La mecánica del sorteo será:

  • seguir a @oster_argentina y @lastresninasok
  • cliquea me gusta en el post del Sorteo
  • arrobar a personas humanas en los comentarios, usando la modalidad de @<username> que se usa en Instagram.

 

9. Asignación y Entrega del Premio.

La Asignación del Premio dependerá del cumplimiento por parte del primer Potencial Ganador o Potencial Ganador Suplente, de todos los requisitos y se efectuará de la siguiente forma:

 

  • El Potencial Ganador se determinará por medio de una plataforma denominada APP SORTEOS (la “Plataforma”) la cual elegirá un ganador en forma aleatoria, que cumpla las condiciones establecidas en estas Bases, para el Potencial Ganador. El Organizador validará el cumplimiento de los requisitos de participación del Potencial Ganador. El Potencial Ganador será contactado por el Organizador a través del envío de mensajes privados. En dicho contacto, se le requerirá información relacionada a su identificación personal, nombre y apellido completos, su DNI, fecha de nacimiento, mail, teléfono, su domicilio completo, incluyendo el código postal de los mismos (la “Notificación”).  Dentro del plazo de 72 horas corridas a partir de la fecha de Notificación, deberá brindar la información y documentación solicitada. En caso de que no brinde la información en el plazo antes indicado, se lo tendrá por desistido del Premio y perderá automáticamente el Premio sin derecho a reclamo alguno al Organizador.  En dicho supuesto, se designará en su lugar a un Potencial Ganador Suplente, que será el que hubiese resultado segundo en el listado de la Plataforma. En el supuesto que tampoco pudiera o quisiera aceptar el Premio, se aplicará lo dispuesto en la Cláusula 11.

 

  • El Participante que resulte ganador, conforme al procedimiento que aplica en la Cláusula 10 (el “Participante Ganador”), recibirá el Premio en su domicilio, dentro de los treinta (30) días hábiles de publicado el Participante Ganador en los medios de Difusión establecidos, pudiendo demorarse este envío en caso de volver a instaurarse las medidas restrictivas de la actividad postal con motivo de la pandemia del Covid-19, así como circunstancias de caso fortuito, dentro del ámbito del Territorio de la presente.

 

  • El Premio no será transferible a terceros, ni canjeable por otro premio distinto del asignado, ni por su valor en dinero. El Premio del Sorteo es personal e intransferible.

 

  • El Premio es el detallado expresamente en las presentes Bases, la participación en el Sorteo es gratuita y no les impone ningún costo a los Participantes. El Premio no podrá ser reclamado por otra persona que no sea el Participante Ganador. El Premio no incluye ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de lo enumerado en las presentes Bases. Por ello, el Participante Ganador sólo será acreedor del Premio en forma gratuita, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos de los numerales 2 y 8, precedentes. Los Participantes exoneran a Instagram de toda responsabilidad y reconoce que las Bases no está patrocinada, avalada ni administrada por Instagram, sólo por el Organizador.

 10. Entrega del Premio.

El Premio será enviado por correspondencia al domicilio indicado por el Participante Ganador. El costo del envío postal será asumido íntegramente por el Organizador, debiendo cada Participante Ganador acreditar su identidad con su Documento de Identidad, que exhibirá para recibir su Premio y suscribir el acuse de recibo correspondiente. En el supuesto de reiterados intentos fallidos de entrega del Premio, y en consecuencia, este retornare al domicilio del remitente, el Organizador notificará al Participante Ganador mediante mensaje privado e informará tal situación.  Quedará a cargo del Participante Ganador cualquier cargo que pudiera generarse por nuevos traslados, viáticos y/o cualquier gasto en el que éste pudiera incurrir en concepto de retiro del Premio por el domicilio que el Organizador le indique a dicho efecto. Si el Participante Ganador no retirara el Premio en el día, la hora y el lugar indicados, luego de haber sido notificado, no podrá hacer posteriormente reclamo alguno del mismo, quedando el Premio en poder del Organizador.

 

11. Premio no asignado.

La falta de reclamo del Premio en las formas y dentro de los plazos y procedimientos establecidos en la Cláusula 10.  La falta de acreditación de la identidad o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas Bases hará perder automáticamente, al Potencial Ganador o Potencial Ganador Suplente, el derecho al Premio, considerándose en estos casos como no asignado.  Finalizado el Plazo de Vigencia del Sorteo, el Premio no asignado, quedará en propiedad y a disposición del Organizador.

 

12. Participación Sin Obligación de Compra.

La participación en este Sorteo no implica obligación de compra alguna por los Participantes.

 13. Gastos adicionales.

Todo impuesto actual o futuro que grave el Premio objeto del presente Sorteo y/o todo gasto en que por cualquier concepto incurran los favorecidos en el Sorteo para participar en el mismo, así como para el traslado y otros gastos para reclamar o retirar el Premio, en su caso, serán a exclusivo cargo del Participante Ganador del Premio.

 

14. Responsabilidades

El Premio estará sujeto a las limitaciones sobre entrega, disponibilidad y/o cualquier otra restricción, cualquiera fuera su naturaleza, que el Organizador sufra, no generando a favor del Participante Ganador adjudicado derecho a indemnización alguna, solo la entrega del Premio.

 

  • El Organizador no será responsable por los daños o perjuicios que pudiere sufrir el Participante Ganador, o los terceros, o las personas que hagan uso del Premio con motivo o en ocasión de la participación en el presente Sorteo y/o en ocasión de la utilización del Premio. Tampoco será el Organizador responsable del destino que el Participante Ganador le dé a su Premio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al Participante Ganador y/o sus sucesores y/o familiares, lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante.

 

  • La responsabilidad del Organizador finalizará con la entrega del Premio al Participante Ganador, excepto en el supuesto que hubiera quedado el Premio como no asignado, conforme a lo establecido en el numeral 11.

 

  • El Organizador no responderá por eventuales fallas en los sistemas informáticos o telefónicos dispuestos para la recepción de datos para participar, ni por el mal funcionamiento de los equipos de computación o de telefonía utilizados por los Participantes para el ingreso de los datos para participar. Asimismo, el Organizador no es responsable, no participa, ni posee injerencia alguna en la plataforma APP SORTEOS.

 

  • Todos los costos que se deriven de la participación en el Sorteo, de la obtención y retiro del Premio, así como todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre el Premio, como así también los gastos no asumidos expresamente por el Organizador por medio de estas Bases, estarán a exclusivo cargo de los Participantes. Los gastos en que incurran los Participantes por participar en el Sorteo o aquellos en los que incurra el Participante Ganador cuando concurra a reclamar y/o a retirar y/o a utilizar su Premio o cuando haga uso del mismo, estarán también a exclusivo cargo.

 

  • “Instagram” no participa ni como organizador, ni como patrocinador, ni avalan el presente Sorteo, siendo el único responsable del control y supervisión del cumplimiento de las Bases exclusivamente el Organizador.

 

15. Suspensión, modificaciones, cancelación.

  • El Organizador se reserva el derecho a modificar las presentes Bases sin alterar la esencia del Sorteo, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor, o bien por causas ajenas al Organizador. En cualquier caso, un cambio en las Bases no afectará la elegibilidad del Potencial Ganador que hubiera cumplido con las condiciones de las Bases originales antes de haber sido modificadas. Cuando por circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar el Sorteo.  Ninguna modificación generará derecho a indemnización alguna para los Participantes, siendo suficiente notificación la que se realice mediante anuncio por mensaje privado a través de Instagram a los Participantes.

 

  • El Organizador se reserva el derecho de anular, descalificar y/o eliminar a los Participantes y/o de los usuarios, y/o Participante Ganador y/o Potencial Ganador, y/o Potencial Ganador Suplente que, se hubieran conducido de manera contraria a estas Bases y/o al espíritu del Sorteo. La ponderación sobre la veracidad y existencia de los Participantes, como de los perfiles de los mismos, será realizada exclusivamente por el Organizador.

 

16. Autorización.

Los Participantes autorizan expresamente al Organizador a utilizar y/o reproducir y/o difundir sus nombres, números de documentos, domicilio, datos personales, voz y/o imagen y/o datos obtenidos, ya sea mediante videos, fotografías u otros medios de representación, en los medios, soportes, oportunidad, lugar y formas que el Organizador y/o quien éste designe, consideren convenientes, sin restricción de lugar, en la forma en que el Organizador considere más conveniente y sin que esto genere derecho a compensación de ninguna especie, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados desde la finalización del Plazo de Vigencia del Sorteo.  Asimismo, el Organizador, y/o quien éste designe, podrá utilizar las frases e imágenes publicadas en “Instagram “como consecuencia de la participación en el Sorteo, por el plazo antedicho.  En virtud de esta autorización, los Participantes no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la reproducción, difusión y/o utilización de su imagen o frases, mencionadas precedentemente.

 

17. Datos personales.

  • Los Participantes prestan su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales requerido por el art. 5° de la Ley 25.326 y legislación complementaria. Los datos personales brindados por los Participantes para la participación en este Sorteo (con el alcance de la Ley 25.326, de aquí en más, (“Datos Personales), serán objeto de tratamiento automatizado para la gestión del Sorteo y utilizados para generar perfiles – incluidas acciones de “targeting” y “re targeting”- con fines promocionales del Sorteo, e incorporados a la base de datos de titularidad del Organizador.  La provisión de los datos por parte de los Participantes del Sorteo es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para la asignación del Premio y para la participación en el Sorteo.

 

  • El titular de los Datos Personales o sus representantes legales tienen la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.

 

  • Los Participantes podrán requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos, podrán comunicarse al correo electrónico de la marca lastresninas@adecoagro.com

 

  • La Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.326 – Protección de Datos Personales – tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

 18. Prohibición de uso de medios informáticos especiales.

Para participar en el Sorteo queda estrictamente prohibida la utilización de software, sistemas especiales y otros dispositivos no autorizados. Asimismo, se prohíbe a los usuarios participar en el Sorteo utilizando más de un tipo, versión o copia de software de navegación por vez. La violación de esta regla por parte de los Participantes puede ser causa de descalificación total y permanente del mismo. En el supuesto que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión.

 

19. Probabilidad de adjudicación.

Dado que no es posible determinar la cantidad exacta de Participantes, en caso de que hubiese una cantidad 100.000 participaciones, con una chance de ganar cada uno y participando en una sola oportunidad cada uno, la probabilidad matemática de ganar el Premio será de 1 en 100.000.

 

20. Ley aplicable y Jurisdicción.

Toda relación que en virtud del Sorteo se genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada con total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Sorteo, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los tribunales ordinarios competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

 

 

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